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se exponen los medios tradicionales de solución pacífica de controversias internacionales
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In international disputes, peaceful means of resolution are used, such as mediation, conciliation, arbitration, negotiation, and good offices. The UN emphasizes the peaceful resolution of disputes and non-intervention in internal affairs. Negotiation is governed by international law, but abuse is not allowed. Good offices involve a third party assisting in negotiations. Mediation goes beyond negotiation by presenting compromise proposals. Conciliation is a formal procedure with a commission of five arbitrators proposing solutions. Trends in the 21st century include the decline of sovereignty and non-intervention, the importance of mediation, evading legal proceedings, truth commissions, reparations for human rights violations, and the impact of globalization on dispute resolution methods. En una controversia que ponga en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, se tratarán de darle solución mediante los medios de solución pacífica de controversias internacionales, que son principalmente la mediación, la conciliación, el arbitraje, la negociación y los buenos oficios. En el ámbito de las Naciones Unidas, siempre estará el principio de solución pacífica de controversias y de no intervención en los asuntos internos de los estados. Algunos medios de solución pacífica de controversia internacional son la negociación, que sigue siendo un proceso flexible regido por el derecho internacional en general, de modo que no se puede abusar de ella. El derecho internacional sigue siendo discrecional, pero existen normas de buena fe, por ejemplo, ciertos defectos de consentimiento como el fraude y la corrupción. Otro medio es los buenos oficios, en donde participa un tercero que utiliza su autoridad moral o política para establecer contacto entre los estados en disputa o restablecer ese vínculo si previamente se había roto. A los estados se les proporciona logística para avanzar en sus negociaciones. Otro medio es el mediador. Aquí participan negociaciones. Se trata de acercarse a los estados no sólo para asegurar que negocien, se trata de acercarlos en el fondo mediante la presentación de propuestas de compromiso. Otro medio es la conciliación. Es un procedimiento más formal. Hay una comisión de conciliación compuesta por cinco personas, que son los árbitros, y escuchan los argumentos por escrito u oralmente. Luego se proponen soluciones a la controversia, y si se aceptan, se hace un compromiso para que se realice la conciliación. Existen tendencias para el siglo XXI con respecto a estos medios de solución pacífica en controversias internacionales. Por ejemplo, el deterioro del concepto clásico de soberanía por el relevo por un derecho con pretensiones mundiales, el deterioro del principio de no intervención, la importancia adquirida por la mediación, como en el caso de situaciones de familia, comercio o asuntos internacionales, la tendencia para evadir instancias judiciales y buscar soluciones de controversias por arreglos no jurisdiccionales, la importancia adquirida por las comisiones de la verdad, por ejemplo, el asunto de exigibilidad de los derechos humanos, el perdón y el olvido, esclarecer nuevos caminos que asuman la responsabilidad internacional del Estado con relación a la solución pacífica de controversias, la obligación de reparar el daño causado en materia de derechos humanos y de derechos humanitarios, análisis del amparo del proceso de mundialización sobre los métodos de solución de controversias, por ejemplo, la importancia adquirida de las instituciones como el Tribunal Penal Internacional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.